Constitución de empresas en Mallorca
Constitución de empresas en Mallorca con rapidez y seguridad
En STEIN VON LIEBIG ABOGADOS ofrecemos un servicio integral para la constitución de empresas en Mallorca. Contamos con una amplia cartera de sociedades limitadas ya constituidas, que pueden ser suyas en tan solo 24 horas. Además, nos ocupamos de todos los trámites legales y administrativos necesarios para que pueda iniciar su negocio de forma rápida y eficiente.
En la Unión Europea existe libertad de establecimiento, lo que significa que cualquier persona física o jurídica puede constituir una empresa en España. Sin embargo, es fundamental tener en cuenta aspectos clave como los costes iniciales, la responsabilidad jurídica, los requisitos fiscales y el cumplimiento normativo.
Elegir la estructura jurídica adecuada influirá directamente en el éxito de su empresa. Le asesoramos de manera personalizada para analizar ventajas y desventajas de cada opción y garantizar un enfoque fiscal óptimo para su caso específico.
Beneficios con Stein von Liebig
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Descubra nuestras soluciones diseñadas para cada tipo de empresa y comience su actividad en España con confianza y seguridad jurídica.
- Una S.L. es una forma jurídica ampliamente utilizada en España para pequeñas y medianas empresas debido a su flexibilidad y protección de responsabilidad.
- Puede ser constituida por ciudadanos de la UE y no comunitarios.
- El administrador debe solicitar una N.I.E. (Número de Identificación de Extranjeros).
- Capital social mínimo: 3.000 €, que debe depositarse antes de la firma de la escritura pública.
- Disponibilidad del capital social: Se puede utilizar tras la inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil.
- Documentos necesarios:
- Propuestas de nombres (mínimo tres).
- Identificación personal certificada y, en su caso, poderes notariales apostillados.
- El proceso estándar toma entre 1 y 2 meses, incluyendo la reserva del nombre y el registro mercantil.
- Si se requiere rapidez, se puede optar por sociedades preconstituidas (sociedades de reserva), disponibles en 48 horas, ya con el capital social depositado.
No es necesario. La constitución o transmisión puede realizarse mediante un apoderado con un poder notarial apostillado.
Sí, según las normativas de la UE, una S.L. puede operar en cualquier país miembro sin restricciones adicionales.
- La responsabilidad de los socios está limitada al capital social.
- Una S.L. puede proteger activos como propiedades, manteniéndolos fuera del alcance de acreedores personales de los socios.
- Una S.L. inactiva no realiza actividades comerciales, pero puede poseer activos como propiedades.
- Las holdings no deben realizar actividades comerciales para mantener la protección de activos.
- Privacidad: El propietario real no aparece en el Registro de la Propiedad, solo la S.L.
- Ahorro fiscal:
- La venta de las participaciones sociales de la S.L. no genera impuesto de transmisiones patrimoniales, a diferencia de la venta directa de una propiedad.
- En caso de venta, se evita la tributación sobre el incremento patrimonial del inmueble.
- Protección patrimonial: Los activos mantenidos en una S.L. están protegidos contra embargos personales.
- El vendedor transfiere las participaciones sociales de la S.L. al comprador.
- Este método reduce los costos notariales y elimina impuestos como el impuesto de transmisiones patrimoniales.
El impuesto de sociedades oscila entre el 20 % y el 35 %, dependiendo del tamaño de la empresa y las deducciones aplicables.
- Impuesto de sucesiones: Las S.L. no pagan este impuesto, ya que la sociedad no muere. Los herederos solo necesitan transferir las participaciones sociales.
- Impuesto sobre la renta: La venta de las participaciones de una S.L. permite ahorrar en comparación con la venta directa de un inmueble.
- S.L.N.E.:
- Diseñada para emprendedores y pequeñas empresas, con trámites más rápidos y simplificados.
- Limitaciones:
- El nombre debe incluir el apellido de un socio fundador y un número.
- El capital social debe estar entre 3.012 € y 120.202 €, y no puede incluir inmuebles.
- Máximo 5 socios fundadores.
- Ventajas: Procedimientos contables simplificados y beneficios fiscales.
- S.L.:
- Sin límite de socios ni restricciones en el nombre o capital máximo.
- Puede poseer inmuebles y otros activos.
- Si un no residente vende una propiedad directamente, el 5 % del precio de venta se retiene como adelanto de impuestos.
- Esta retención no aplica si se venden las participaciones sociales de la S.L. propietaria del inmueble.
Una S.L. española no está sujeta a las restricciones del derecho de competencia alemán y puede utilizar estrategias publicitarias como descuentos y comparaciones sin limitaciones.